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Universidad de Cantabria y Universidad del País Vasco
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Cinco años después del vertido de Aznalcóllar, aún no hay responsables por la catástrofe
Madrid, 25 abr (Abc).-Hoy se cumplen cinco años de la rotura
de la balsa de la Mina de Aznalcóllar, que provocó el vertido de más de dos
millones de metros cúbicos de lodos y metales pesados y cuatro millones de
metros cúbicos de aguas contaminadas en el parque natural de Doñana. El mismo
año del desastre de Doñana la UE dio los primeros pasos para aprobar normas de
responsabilidad ambiental. Sin embargo, hoy aún no hay directiva ni Boliden ha
pagado por el vertido de su mina.
Cinco años después del desastre, el Ministerio reconoce que las 4.600 hectáreas
afectadas están descontaminadas y el Corredor Verde, que conecta Doñana con
Sierra Morena, creado por la Junta para ayudar a esta recuperación, ha sido
declarado paisaje protegido. Pero el caso aún no está cerrado.
Aunque la causa penal haya quedado archivada y la demanda civil presentada por
la Junta de Andalucía no fuera admitida a trámite, lo que ha motivado la
presentación de un recurso por parte de la Junta, la otra vía que queda abierta
es la administrativa, por la que optó el Gobierno central reclamando para la
empresa propietaria de la mina (Boliden Apirsa) una sanción de 45 millones de
euros. Según fuentes del Ministerio de Medio Ambiente, Boliden ha recurrido esta
sanción y se está a la espera de la resolución judicial.
Mientras tanto, la batalla legislativa para prevenir y buscar responsables de
daños ambientales también continúa. Tanto en la Unión Europea como en el ámbito
estatal se están desarrollando proyectos normativos para prevenir riesgos y
reparar daños ambientales. Sin embargo, desde que en 1998 se presentó el Libro
Blanco sobre responsabilidad civil por daños con incidencia ambiental de la
Comisión Europea y, en enero de 2002, la propuesta de directiva sobre esta
materia, los Estados no tienen aún una posición común sobre la misma.
En el caso de España, este parón europeo supone un retraso para continuar
adelante con el anteproyecto de ley de responsabilidad civil por daños
ambientales pues, según fuentes del Ministerio de Medio Ambiente, se espera a la
directiva para armonizar ambas normativas. Mientras cada día ocurren desastres
ambientales de mayor o menor magnitud, los puntos de fricción para que los
Estados no se pongan de acuerdo son los siguientes:
Responsabilidad objetiva
La propuesta de directiva recoge dos tipos de responsabilidad: la derivada de
los daños por actividades de riesgo, donde habría una responsabilidad objetiva
del operador, y la de los daños a la biodiversidad, donde se distingue entre los
que se deriven de esas actividades de riesgo y los que sean provocados por otras
actividades, en las que se exige culpa o negligencia del operador. Para Rita
Rodríguez, abogada de WWF/Adena, organización que ha presentado multitud de
alegaciones a la propuesta de la Comisión, la biodiversidad «no queda
suficientemente protegida, pues hay algunos daños que no van a dar lugar a
responsabilidad».
La propuesta excluye la imposición de responsabilidad de los operadores bajo
algunas circunstancias, como la contaminación difusa, daños tradicionales, daños
consentidos en el momento de inicio de la actividad, etc. Para Rodríguez, con
esta defensa se elimina la posibilidad de incentivar a las industrias para que
tomen medidas preventivas.
Fianza o garantía económica
A pesar de que el principio básico de la propuesta de la Comisión es «quien
contamina paga», en ésta no se establece ninguna fianza o garantía económica
obligatoria. Esto, junto a que la propuesta establece que las autoridades
públicas responsables reparen el daño ambiental cuando el operador no pueda
cubrir los gastos, supone que el responsable del daño pueda eludir su
responsabilidad en el caso de ser insolvente económicamente. En consecuencia, la
responsabilidad de limpieza y restauración del daño ambiental recaería en las
autoridades y, por tanto, en el bolsillo del contribuyente.
Precisamente lo que ha ocurrido hasta ahora en el caso del vertido de Doñana.
Además, dice Rita Rodríguez, el hecho de que no se exija ese seguro de manera
obligatoria, sino que se deja a la elección de cada Estado miembro, no incentiva
al operador a desarrollar mecanismos preventivos y, en cambio, le incita a
desarrollar sus actividades en los países con seguros menos exigentes. En la
discusión en el seno de la Comisión Europea, Francia y Reino Unido son los que
más trabas ponen a que existan unas normas únicas en la contratación de los
seguros. Además, desde las ONG ambientalistas se pide que ese seguro de
responsabilidad sea ilimitado, o por lo menos que cubra el daño causado, y que
la responsabilidad sea solidaria en el caso de que haya varios operadores
implicados.
Protección de la biodiversidad
Según una estimación realizada por WWF y Birdlife International, sólo el 20 por
ciento de la biodiversidad de la UE estará protegida por esta directiva, pues la
propuesta sólo contempla ciertas especies y zonas protegidas, mientras que la
contaminación de los suelos sólo es considerada cuando provoca un serio daño a
la salud. Por regla general se puede afirmar que quedarán protegidos sólo
aquellos espacios y especies que cuentan con alguna figura de protección a nivel
europeo.
Para Rita Rodríguez, no se debe ser tan rígido en el hecho de que la normativa
no tendrá efectos retroactivos, pues cuando ésta se apruebe se revelarán efectos
de daños ambientales ocurridos con anterioridad. «Hay daños que se revelan mucho
más tarde de que se produzca el desastre», afirma.
Fuente: Fundación Entorno
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